Responde el Test nº 284 de cap

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Este test está formado por 30 preguntas con entre 2 y 4 posibles respuestas para cada una.

Las preguntas sin contestar se contarán como un error en el resultado final del test.

Una vez hayas respondido a todas las preguntas, pulsa el botón corregir que tienes al final de la página para ver los resultados.

1. En un tacógrafo digital, cuando una tarjeta de conductor funciona mal es necesario:

a) devolverla al organismo emisor.

b) destruirla.

c) enviarla al Ministerio de Fomento.

d) enviarla a la Jefatura de Trafico.

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2. ¿Qué debe hacer el conductor cuando recupera una tarjeta de conductor robada o extraviada si ya tiene una de sustitución?

a) Utilizar las dos.

b) Devolverla a cualquier organismo.

c) Devolverla al órgano emisor.

d) Enviarla a tráfico.

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3. ¿Qué plazo de validez tendrá una tarjeta de conductor que sustituye a una robada, perdida o que funciona mal?

a) 5 años.

b) El mismo que tuviera la tarjeta a la que sustituye.

c) 10 años.

d) 2 años.

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4. En caso de cambiar el domicilio que figura en la tarjeta de conductor del tacógrafo digital, ¿qué se debe hacer?

a) No es necesario hacer nada hasta la renovación.

b) Comunicarlo a la empresa.

c) No se puede utilizar en el tacógrafo.

d) Solicitar una renovación en la oficina de transportes de su residencia normal.

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5. ¿Cómo se llaman los símbolos que aparecen en determinados mensajes de la pantalla del tacógrafo digital?

a) Estiletes.

b) Pictogramas.

c) Códigos secretos.

d) Señales de actividades.

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6. ¿Pueden combinarse los pictogramas que aparecen en el tacógrafo digital entre sí?

a) Sí, para expresar diferentes contenidos.

b) No.

c) Sí, pero sólo los de incidentes.

d) Sí, pero sólo los de fallos.

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7. ¿Qué datos debe anotar el conductor en las impresiones que debe realizar en el tacógrafo digital en caso de no poder utilizar su tarjeta?

a) Ninguna, sólo con los documentos es suficiente.

b) Deberá anotar el nombre solamente.

c) Sólo es necesario firmarlos.

d) Deberá identificarse y firmarlos.

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8. ¿Es necesario presentar a los agentes de control los discos-diagrama si en ese momento se utiliza un tacógrafo digital?

a) No, en ningún caso.

b) Sí, de los 28 días anteriores si se ha utilizado un tacógrafo analógico.

c) Sí, pero sólo los de la semana en curso.

d) Sí, pero sólo si se ha utilizado en el último año.

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9. ¿Qué tipos de bloques de tiempos establece la normativa laboral española para los conductores profesionales?

a) Conducción y descanso.

b) Pausa e interrupción.

c) Trabajo efectivo y tiempo de presencia.

d) Ninguno.

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10. Cuando un conductor está cargando un vehículo, ¿qué se considera según la normativa laboral española?

a) Tiempo de trabajo efectivo.

b) Descanso.

c) Pausa.

d) Tiempo de espera.

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11. ¿Qué actividad es considerada tiempo de trabajo efectivo según la normativa laboral española?

a) El tiempo empleado en comer en ruta.

b) La asistencia a los pasajeros en la subida o bajada del vehículo.

c) Los periodos de copiloto cuando el vehículo lo está conduciendo el compañero.

d) El tiempo de descanso en el domicilio del conductor.

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12. La limpieza y el mantenimiento técnico de un vehículo, ¿qué se considera en normativa laboral española?

a) Tiempo de descanso.

b) Tiempo de pausa.

c) Tiempo de trabajo efectivo.

d) Tiempo de presencia.

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13. Según la normativa laboral española, los tiempos de presencia:

a) no pueden exceder de 50 horas semanales.

b) pueden tomarse todos los necesarios.

c) no podrán exceder de 20 horas semanales de promedio en un periodo de un mes.

d) no se podrán tomar los fines de semana.

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14. Según la normativa laboral española, la jornada diaria de los conductores profesionales:

a) no podrá superar las 14 horas.

b) no podrá superar las 12 horas.

c) podrá ser de tantas horas como estime la empresa.

d) no podrá superar las 10 horas.

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15. La normativa laboral española establece para los conductores profesionales un máximo de:

a) 60 horas semanales de trabajo efectivo, que no podrán superarse en ningún caso.

b) 120 horas máximas mensuales de tiempo de trabajo efectivo.

c) 90 horas semanales de trabajo efectivo, que no podrán superarse en ningún caso.

d) 90 horas máximas mensuales de tiempo de trabajo efectivo.

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16. Según la normativa laboral española, ¿cómo se computa el tiempo de trabajo si un conductor trabaja en dos empresas?

a) Sólo se computa el tiempo de la empresa en la que más horas haga de tiempo efectivo.

b) No se computa ninguna de las dos.

c) Sólo se computa el tiempo de la empresa en la que menos horas haga de tiempo efectivo.

d) Debe computar el tiempo de trabajo de las dos empresas.

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17. Si un conductor trabaja para varias empresas, ¿cómo debe facilitar al empresario los datos de las horas de trabajo según la normativa laboral española?

a) Por escrito.

b) No tiene porqué facilitarlos.

c) Sólo por teléfono.

d) Por cualquier medio.

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18. En caso de trabajo nocturno, según normativa laboral española, la jornada de trabajo diaria:

a) será de 15 horas máximo.

b) no podrá exceder de 10 horas por periodo de 24 horas.

c) será de 12 horas al menos.

d) será de 3 horas máximo.

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19. En lo que se refiere a las interrupciones de la jornada de los trabajadores profesionales, ¿qué establece la normativa laboral española?

a) Un mínimo de 30 minutos si excede de 6 horas y 45 minutos si excede de 9 horas.

b) 30 minutos sea cual sea la duración de la jornada.

c) Un mínimo de 45 minutos si excede de 6 horas y 60 minutos si excede de 9 horas.

d) 50 minutos sea cual sea la jornada.

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20. Según la reglamentación laboral española, los empresarios están obligados a:

a) llevar un registro del tiempo de trabajo de los conductores y conservarlo 1 año.

b) tener un registro, pero sólo del tiempo de presencia.

c) llevar un registro del tiempo de trabajo de los conductores y conservarlo 3 años.

d) tener un registro sólo del descanso de los trabajadores.

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21. ¿Cuánto puede conducir un conductor, como máximo, sin hacer una interrupción según la reglamentación social europea?

a) 3 horas y 30 minutos.

b) 5 horas y 30 minutos.

c) 9 horas.

d) 4 horas y 30 minutos.

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22. Según la reglamentación social europea, la pausa de los conductores debe ser de:

a) 30 minutos cada 4 horas de conducción.

b) 15 minutos al día.

c) 90 minutos durante la jornada.

d) 45 minutos cada 4 horas y 30 minutos de conducción.

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23. Según la reglamentación social europea, si un conductor conduce 2 horas y hace una pausa de 15 minutos, después conduce 2 horas y 30 minutos y hace una pausa de 30 minutos:

a) está haciendo la interrupción correctamente.

b) no esta haciendo correctamente la interrupción puesto que debería hacer 45 minutos de pausa al final.

c) no es correcto puesto que sólo puede conducir 4 horas como máximo.

d) no es correcto puesto que la primera pausa debería ser de 20 minutos.

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24. Según la reglamentación social europea, si un conductor conduce 3 horas y hace una pausa de 30 minutos, después conduce 3 horas:

a) está haciendo la pausa correctamente.

b) no está haciendo la pausa correctamente puesto que la pausa debería ser de 40 minutos.

c) no está haciendo la pausa correctamente puesto que en 6 horas de conducción sólo ha hecho una pausa de 30 minutos.

d) está haciendo la pausa correctamente pero ahora debe parar 45 minutos.

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25. ¿Cómo se calcula el tiempo de conducción diaria de un conductor según la reglamentación social europea?

a) Se suman todas las conducciones que se encuentren entre un descanso diario y otro.

b) Se suman todas las conducciones que haya en un día civil de 0 a 24 horas.

c) Se suman las conducciones que haya entre dos pausas superiores a 15 minutos.

d) Se suman tanto las actividades de conducción como de otros trabajos de un día civil.

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26. ¿Cuántas veces a la semana puede exceder de 9 horas de conducción diaria un conductor según la reglamentación social europea?

a) 2 veces a la semana hasta 12 horas de conducción diaria.

b) 3 veces a la semana hasta 10 horas de conducción diaria.

c) 2 veces a la semana hasta 10 horas de conducción diaria.

d) Ninguna.

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27. Según la reglamentación social europea, ¿cómo se calcula la conducción diaria de un conductor si partimos de un descanso semanal?

a) Se van sumando todas las conducciones hasta encontrar un descanso diario.

b) Se van sumando todas las conducciones hasta encontrar una pausa.

c) Se van sumando todas las actividades de conducción y otros trabajos hasta encontrar un descanso diario.

d) No se puede calcular a partir de un descanso semanal.

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28. Un conductor en una misma semana lleva una conducción diaria de 9 horas y 15 minutos y otra de 9 horas y 20 minutos, ¿cuántas veces más puede pasar de 9 horas según la reglamentación social europea?

a) Una sola vez más en esta semana.

b) 3 veces más en esta semana.

c) Todas la que quiera.

d) Ninguna.

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29. ¿Cuántas horas de conducción a la semana puede hacer, como máximo, un conductor según la reglamentación social europea?

a) 60 horas.

b) 90 horas.

c) 45 horas.

d) 56 horas.

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30. Un conductor lleva acumuladas 50 horas de conducción una semana, ¿cuántas horas más puede hacer esa semana según la reglamentación social europea?

a) 10 horas más.

b) Todas las que quiera.

c) 6 horas más.

d) 2 horas más.

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