Novedades de la DGT.

La seguridad vial nos afecta a todos. Los accidentes de circulación y sus graves consecuencias sociales, económicas y personales alcanzan tal magnitud que obligan, tanto a las administraciones públicas como a los ciudadanos, a no bajar la guardia en ningún momento y tratar de adecuarse a la realidad del tráfico en todas sus vertientes.
En el deseo de reducir al máximo las situaciones de riesgo en la conducción se han previsto nuevas normas, entre las que se encuentran aquellas que recogen, y en su caso limitan, el uso de algunos elementos que, desde hace poco tiempo se han incorporado a nuestra vida cotidiana y la de nuestros vehículos: el teléfono móvil, las pantallas con imágenes que puedan alterar la atención del conductor, los dispositivos de telepeaje… Mención especial merecen las nuevas señales y, en particular, las referidas a los agentes de circulación.

TELÉFONOS MÓVILES SÓLO CON MANOS LIBRES:

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Se prohibe la utilización durante la conducción de teléfonos móviles y cualquier otro medio o sistema de comunicación, salvo si ésta se puede realizar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.

PROHIBIDAS LAS PANTALLAS CON IMÁGENES:

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Quedan prohibidos los dispositivos que puedan distraer al conductor, como
pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de
vídeo o DVD. Se exceptúan a estos efectos el uso de monitores que, aún estando a la vista del conductor, su utilización sea necesaria (visión de acceso o bajada de peatones, maniobras traseras…) así como el dispositivo GPS.

LA RADIO Y EL MÓVIL ESTARÁN APAGADOS AL REPOSTAR:

Antes:
El motor y las luces del vehículo debían estar apagados al repostar combustible.
Ahora:
También deberán estar apagados los sistemas eléctricos y electromagnéticos, como la radio y el teléfono móvil.

PROHIBIDOS LOS DETECTORES DE RADAR:


Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Prohibida la instalación en los vehículos de mecanismos, sistemas o cualquier instrumento encaminado a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico (detección de radares). También hacer señales con dicha finalidad.

 

LA CARGA QUE SOBRESALGA, SIEMPRE SEÑALIZADA:

Antes:
La carga no podía sobresalir de la planta del vehículo salvo en aquellos destinados exclusivamente al transporte de mercancías.
Ahora:
En los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías, la carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un diez por ciento de su longitud y, si fuera indivisible, un quince por ciento.
La carga que sobresalga deberá ir debidamente señalizada por detrás por medio de la señal correspondiente

AUTOBUSES CON VIAJEROS DE PIE, MÁS DESPACIO:

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Si en un autobús viajan pasajeros de pie porque así esté autorizado, la velocidad máxima cualquiera que sea el tipo de vía fuera de poblado será de 80 km/h.

TELEPEAJE, SÓLO CON SU DISPOSITIVO:

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Los vehículos que utilicen los nuevos peajes dinámicos o telepeajes, deberán estar provistos del medio técnico que posibilite su uso operativo.

 

CIRCULACIÓN DE EMERGENCIA POR EL ARCÉN:

Antes:
En caso de emergencia y si se perturbaba la circulación, sólo se permitía circular por el arcén de su derecha o por la parte imprescindible de la calzada y a una velocidad anormalmente reducida a turismos, motocicletas y camiones de menos de 3.500 kilogramos. En autopista, era obligatorio abandonar la vía por la primera salida posible.
Ahora:
Se amplía la autorización a todos los vehículos que no excedan de 3.500
kilogramos. La obligación de abandonar la vía en la primera salida posible también se aplica en autovías.

LUCES DE EMERGENCIA SI HAY PELIGRO DE ALCANCE:


Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Se deberán utilizar durante la circulación las luces de emergencia cuando un vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de alcance.

LUCES Y LIMITACIÓN DE VELOCIDAD EN CARRILES ESPECIALES:

Antes:
Obligación de usar las luces de cruce, tanto de día como de noche, para los vehículos que circulan por carriles especiales (reversibles, de sentido contrario al habitual y adicional circunstancial).
Ahora:
En caso necesario, también pueden usarse las luces largas cuando se utiliza un carril especial. Además, los conductores que circulen por carril destinado al sentido normal de circulación, pero que tengan contiguo otro habilitado para circular en sentido contrario, también deberán llevar sus luces encendidas (cortas o largas, según el momento). Además, si sólo existe un carril en el sentido normal de la marcha, el conductor deberá limitar su velocidad a 80 km/h.

VELOCIDAD MODERADA FRENTE A LOS CICLISTAS:

Antes:
No se hacía referencia expresa a las bicicletas ni a los carriles-bici.
Ahora:
Se debe moderar la velocidad, llegando incluso a detenerse, al aproximarse a bicicletas circulando en las proximidades de vías de uso exclusivo de bicicletas y en sus intersecciones, tanto dentro como fuera de poblaciones.

TÚNELES Y PASOS INFERIORES. NUEVAS NORMAS:

Antes:
No se recogía la circulación por túneles y pasos inferiores.
Ahora:
Si la situación de la circulación en un túnel o paso inferior puede previsiblemente dejarle detenido dentro, el conductor está obligado a esperar fuera del mismo detrás del otro vehículo en el carril correspondiente hasta que tenga paso libre.
El conductor deberá respetar las normas, en túneles y pasos inferiores,
relativas a la prohibición de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha,
marchar hacia atrás y adelantar. Además deberá utilizar el alumbrado
correspondiente y obedecer las indicaciones de los semáforos y paneles de
mensaje variable, así como las instrucciones a través de megafonía o cualquier otro medio.

Si por una emergencia queda inmovilizado dentro de un túnel, se debe apagar el motor, conectar la señal de emergencia y mantener encendidas las luces de posición. Si se trata de una avería que permita continuar, debe hacerlo hasta la salida del túnel o del paso inferior. Si no, dirigir el vehículo hacia la zona reservada para emergencia más próxima en el sentido de su marcha y, si no existe, lo más cerca posible al borde derecho de la calzada; colocar los triángulos y solicitar auxilio en el poste SOS más cercano.

En caso de incendio, el conductor aproximará todo lo posible su vehículo a la derecha, apagará el motor, dejará la llave puesta y las puertas abiertas. Todos sus ocupantes abandonarán el vehículo para dirigirse, sin transitar por la calzada, al refugio o salida más cercana en sentido contrario al fuego. Sin embargo, si el vehículo queda inmovilizado por necesidades de la circulación, los pasajeros no deben abandonar el vehículo. Conectar temporalmente las luces de emergencia para avisar a los demás, detenerse lo más lejos posible del vehículo precedente y apagar el motor.

Cuando haya circulación en ambos sentidos queda prohibido el adelantamiento, salvo que exista más de un carril para su sentido de circulación, en los que se podrá adelantar sin invadir el sentido contrario.
Cuando no se pretenda adelantar, deberá mantenerse en todo momento una
distancia de seguridad con el vehículo precedente de al menos 100 metros o un intervalo mínimo de 4 segundos. Para vehículos de más de 3.500 kilogramos, la distancia será de 150 metros o un intervalo de 6 segundos

PREFERENCIA EN VERTICAL Y HORIZONTAL:

Antes:
Los conductores debían ceder el paso a los vehículos que transitaran por la vía preferente si tenían una señal vertical de Ceda el Paso o Stop.
Ahora:
La norma de preferencia también incluye la señalización horizontal de Ceda el Paso o Stop.

LOS NIÑOS, SIEMPRE SUJETOS:


Antes:
Los niños de 3 a 12 años de menos de 150 centímetros de estatura, debían utilizar un sistema de sujeción homologado a su talla y peso, siempre que los vehículos dispusieran de él. En caso contrario, debían usar el cinturón de seguridad de los adultos en los asientos traseros. Los menores de 3 años, detrás, debían utilizar un sistema de sujeción adaptado a su talla y peso siempre que el vehículo dispusiera de él.
Ahora:
La norma se amplía a cualquier persona mayor de 3 años que no alcance una estatura de 150 centímetros. Los menores de tres años ahora están siempre obligados a utilizar un sistema de sujeción homologado a su peso y talla.

EL USO DEL CHALECO REFLECTANTE:

Antes:
No estaba regulado.
Ahora:
Los conductores de turismos, autobuses, vehículos destinados a transporte
de mercancías, vehículos mixtos, conjuntos de vehículos no agrícolas y
los conductores y personal auxiliar de los vehículos pilotos de protección y
acompañamiento, deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas.
Para los conductores de turismos, esta obligación será exigible a los seis meses de entrada en vigor del nuevo Reglamento.



PARA LOS CONDUCTORES
-La prenda reflectante debe llevarse bajo el asiento o la guantera

-En cuanto a la obligatoriedad de llevar chalecos reflectantes homologados, la DGT informa de que además del material fluorescente, naranja, rojo o amarillo, que proporciona alta visibilidad diurna, debe llevar material reflectante, las dos bandas plateadas, como mínimo de 5 centímetros, que proporcionan una alta visibilidad durante la noche.

-El chaleco, que ha de llevarse bajo el asiento o en la guantera, nunca en el maletero, debe estar fabricado y certificado según la normativa Europea EN-471, dato que debe figurar en el mismo chaleco o la etiqueta, o bien UNE N-471.

-También debe llevar identificación del fabricante. Asimismo, tiene que llevar un folleto informativo del fabricante, con instrucciones, limpieza, mantenimiento o caducidad. Y, sobre todo, evitar comprarlos en lugares de venta a bajo precio.

PEATONES, NI EN AUTOPISTA NI EN AUTOVÍA:

Antes:
Prohibida la circulación a peatones por autopista. En este tipo de vías, no podían recogerse “autoestopistas”.
Ahora:
La prohibición se extiende a autovías, tanto para la circulación de peatones
como para la posibilidad de “auto-stop”.

ue necesiten, siempre por la derecha.

Podrán circular por el arcén los vehículos en seguimiento de ciclistas a velocidad lenta.

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