Limitadores de velocidad

Obligatorio para vehículos de transporte de mercancías de las categorías (N-2 Y N-3)los cuales están obligados a llevar dicho dispositivo.

Dichas categorías corresponden a los vehículos de transporte de mercancías que tienen una m.m.a superior a 3500kg.

El limitador de velocidad hace que el vehículo que lo lleva no pueda superar los 90km por hora.

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