Explicación sobre servicio cabotaje
-Son transportes nacionales de viajeros por cuenta ajena, realizados, con carácter temporal, en otro Estado miembro, sin disponer en él de sede o de otro establecimiento.
-Este tipo de servicios únicamente puede realizarse en los países miembros de la Unión Europea.
-Su regulación se recoge en el Reglamento (CE) 12/98 del Consejo Están exentos de autorización todos los servicios discrecionales y los servicios regulares especializados, a condición de que estén amparados por un contrato celebrado entre el organizador y el transportista.
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