Uso de alumbrado de corto o largo alcance alternativo a intervalos muy cortos en poblado

Cuando hablamos del uso alternativo de las luces de corto y largo alcance a intervalos muy cortos nos referimos a las ráfagas.

Según el Reglamento de Circulación, se pueden utilizar las luces tanto de corto como de largo alcance, independientemente del momento del día, en forma de destellos para evitar un posible choque, sobre todo en vías estrechas con curvas.

Al realizar ráfagas debemos evitar deslumbrar a otros conductores, especialmente a los que circulan en sentido contrario al nuestro.

¿Qué entendemos por luces de corto y largo alcance?

Diferencias entre luces de corto y largo alcance

Las luces de corto alcance o de cruce son obligatorias para circular entre el ocaso y la salida del sol, en condiciones desfavorables y en túneles o pasos inferiores. No deslumbran salvo mal reglaje o fallos en la suspensión.

Las luces de largo alcance o de carretera son obligatorias en vías interurbanas insuficientemente iluminadas en las que se circule a más de 40 km/h. Está prohibido su uso mientras el vehículo está parado o estacionado, en cambio si está detenido sí se pueden utilizar.

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