Velocidades máximas en las distintas vías

Una de las dudas habituales al preparar el Permiso de Conducir es Velocidades máximas en las distintas vías

Explicación sobre Velocidades máximas en las distintas vías

1. Las velocidades máximas que no deberán ser rebasadas: salvo en los supuestos previstos en el artículo 51 del presente Reglamento, son las siguientes:

 

(1) Dentro de poblado el límite de velocidad será

(2) Estas carreteras convencionales cumplirán con los siguientes requisitos:

Arcén pavimentado de 1,5 metros o más de ancho o Más de un carril para algunos de los sentidos.

(3) En adelantamientos se podrá rebasar en 20 km/h la velocidad máxima siempre y cuando el vehículo adelantado, turismo o motocicleta, circule a velocidad inferior a la máxima genérica de la vía.

 

2. Las infracciones a las normas de este precepto: tendrán la consideración de graves o muy graves según corresponda por el exceso de velocidad, conforme se prevé en los artículos 65.4 c) y 65.5 e), ambos del Texto Articulado.

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