Explicación sobre adelantamiento peatones, vicicletas
-Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal: se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones previstas en este reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros.
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